Ley de Protección de Empleo: ¿En qué consiste y cómo te ayudamos? 

20.04.20 01:11 PM Por natalia

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Debido a la contingencia sanitaria que estamos viviendo, y con el objetivo de ayudar a los trabajadores de las empresas, es que el estado ha dispuesto la Ley 21.227 de Protección del Empleo, que ya entró en vigencia y tiene una serie de aspectos a considerar por parte de los empleadores.


Tras el complejo escenario económico que ha provocado el contagio del coronavirus en el país, dejando comunas completas sin actividad laboral, como también a muchas personas en desempleo, es que esta nueva norma de Protección el Empleo, permite a los trabajadores, mantener su relación laboral vigente, pero sin goce de sueldo, acceder a los beneficios del Seguro de Cesantía cuando se establezcan cuarentenas obligatorias o cierres de empresa que impidan realizar las acciones laborales establecidas en contratos.


Esto incide directamente en la gestión de recursos humanos de las empresas, ya que el Seguro de Cesantía es parte de las leyes sociales a las que deben acogerse las compañías a la hora de contratar capital humano. Es por esto, que muchas organizaciones aún esperan algunas aclaraciones de la Dirección de Trabajo para sumarse a esta medida, mientras que otras ya adaptaron su gestión a este dictamen.


Esta ofrece tres alternativas para que los trabajadores de cualquier empresa accedan a este beneficio:


1.    Suspensión del contrato por acto de la autoridad:

Se realiza cuando las autoridades gubernamentales decidan paralizar las actividades económicas, siendo el empleado quien solicita la suspensión del contrato de manera online ante el Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). En este caso las empresas deberán seguir pagando cotizaciones previsionales y de salud.


2.    Suspensión del contrato por acuerdo de empleador y trabajador

Rige para los empleadores cuya actividad se vea afectada total o parcialmente por la emergencia sanitaria que vivimos, permitiéndoles acordar con sus trabajadores la suspensión temporal de sus contratos. Para esto, las empresas también deberán continuar pagando leyes sociales.


3.    Pacto por reducción de jornada de trabajo

Los empleadores podrán acordar con sus trabajadores la reducción de hasta un 50% del tiempo destinado a su jornada de trabajo ya pactada en sus contratos. En esta opción no se puede despedir a los colaboradores por razones de fuerza mayor. Para realizar este trámite las empresas deben ingresar al sitio web de la Dirección del Trabajo, teniendo que pagar las horas trabajadas y las leyes sociales acorde a ese nuevo horario.


Este es un escenario al que deberán adaptarse las empresas, pudiendo modificar ampliamente la gestión de capital humano, como también el cálculo de sueldos y pago de cotizaciones de los empleadores a los trabajadores. Es por esto que WinPer, el software de remuneraciones con más de 20 años de experiencia en Chile, ha regulado su sistema a los nuevos requisitos de esta Ley para aplicarlos en la funciones de gestión y automatización que ofrece esta plataforma para cualquier departamento de Recursos Humanos.




Miguel Collado, Gerente General de WinPer, señala que “ante la contingencia que estamos viviendo, y los precipitados cambios que se avecinan para proteger al país, tanto en salud como economía, es importante que los software de gestión empresarial nos adaptemos rápidamente a nuestros clientes y nos comprometamos con el apoyo ante esta emergencia. Esto es lo que estamos haciendo en nuestro equipo, quienes, desde el área de consultoría e ingeniería, en modalidad de tele trabajo, estamos dedicados para liberar cuanto antes las adecuaciones necesarias que le permitan a nuestros clientes cumplir con esta ley al 100%.”.


Para más información revisa: http://www.protecciondelempleo.cl/

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